Personas físicas y pequeños grupos financieros serán tratadas como grandes contribuyentes

El criterio para considerar qué es un Gran Contribuyente Nacional fue ampliado y ahora una persona física y hasta una pequeña empresa podría tener un mayor interés para el fisco.

Se entrarán a calificar a las compañías de un mismo conglomerado empresarial; es decir las subsidiarias de un grupo financiero que se dedican a líneas de negocio específicas.

Los Grandes Contribuyentes tienen un seguimiento distinto, pues sus gestiones son tramitadas por medio de un gestor tributario que facilita la interacción entre el contribuyente y la Administración Tributaria.

Esto implica que aún una pequeña empresa, si pertenece a un grupo empresarial dentro de esa categoría, verá un cambio en el control fiscal al tener un tratamiento más de cerca y personalizado de sus actividades económicas y experimentará auditorías fiscales más recurrentes.

También se considerarán a miembros de juntas directivas y/o representantes legales de la categoría A.

Por ejemplo, si un banco privado es clasificado en la categoría A, los miembros de su junta directiva y representantes legales también serán considerados Grandes Contribuyentes, pero categoría E.

La resolución deja duda si este cambio implicará solamente la gestión y recaudación como contribuyente o si incluirá algunas obligaciones adicionales que sí poseen los Grandes Contribuyentes”,

Obligaciones como llevar electrónicamente los registros de compras y ventas de mercancías y servicios, presentación de una declaración de Precios de Transferencia, o a la presentación del Análisis Multifuncional Programado y Objetivo (AMPO), entre otras.

Implicaciones

Estas son algunas de las implicaciones para los Grandes Contribuyentes Nacionales.

  -Presentación del AMPO, donde se actualiza toda la información de trascendencia tributaria y tener estados financieros auditados.
  -Demostrar que los precios a los que compra o vende bienes o servicios con entidades relacionadas sean a valor de mercado al presentar la declaración de los Precios de Transferencia.
  -Ser auditado por parte de la autoridad tributaria con mayor regularidad.
  -Adaptar sistemas contables a los requerimientos específicos para emitir reportes de compras y ventas.

Nuevas clasificaciones

Estas son las nuevas categorías en las que se dividen los Grandes Contribuyentes.

Categoría                 Descripción
A                           Los diez mayores contribuyentes del censo, cinco del sector público y cinco del sector privado y todas las empresas que forman parte de su grupo empresarial
B                           Los cinco mayores contribuyentes de los sectores comercio, industria, servicios, y gobierno, no incluidos en la categoría anterior, y las empresas que forman parte de su grupo empresarial
C                           Los contribuyentes clasificados como Grandes Contribuyentes Nacionales no incluidos en las categorías anteriores, y las empresas que forman parte de su grupo empresarial
D                           Los contribuyentes clasificados como Grandes Contribuyentes Nacionales, no incluidos en las categorías anteriores, en los que no se identificó la vinculación con un grupo empresarial
E                           Personas Físicas

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *